Micelio
Auto10 de noviembre de 2021

A- de 2021

Ponente Cristina Pardo Schlesinger

Demandante Barreiro Gomez Juan Andres·Demandado Empresa Promotora De Salud Convida Eps

Tema · dato duro
Solicitud De Declaratoria De Existencia De Relación Laboral Encubierta A Través De La Celebración Sucesiva De Contratos De Prestación De Servicios.
01

Temas y subtemas del fallo

Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.

Conflicto Negativo De Competencia Entre Jurisdicciones
  • Contencioso Administrativo Laboral y Ordinaria Laboral
Competencia De La Jurisdicción Contencioso Administrativa
  • Relaciones laborales encubiertas en contratos estatales de prestación de servicios
2 temas · 2 subtemas · fuente: índice temático de la relatoría
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)

Conflicto de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Bogotá y el Juzgado Treinta y Ocho Laboral del Circuito de la misma ciudad.

El conflicto nace a partir de la demanda ordinaria laboral interpuesta por un ciudadano en contra de la E.P.S.

Convida, con el fin de que se declarara que entre éste y aquella existió un contrato de trabajo.

Además, el pago de diversas acreencias laborales derivadas de la relación contractual de la que reclama declaración.

La Sala Plena observó cumplidos los presupuestos objetivo, subjetivo y normativo para la configuración de un verdadero conflicto entre jurisdicciones y procedió a resolverlo aplicando la regla de decisión fijada en el Auto 492/21 a través del cual se indicó que, la jurisdicción contencioso administrativa es la competente para conocer y decidir de fondo un proceso promovido para determinar la existencia de una relación laboral, presuntamente encubierta a través de la sucesiva suscripción de contratos de prestación de servicios con el Estado.

Con base en lo anterior se declaró que corresponde al Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Bogotá conocer el proceso mencionado.

Texto de la relatoría · normalizado para lectura (mayúsculas → oración)
02

Qué decidió

Esta providencia no registra pronunciamientos de constitucionalidad. Es común en tutelas y autos, donde la decisión no recae sobre una norma.
·

Parte resolutiva (Resuelve)

Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.

Ver la parte resolutiva (2 puntos)
  1. PRIMERO. DIRIMIR el conflicto negativo de jurisdicciones suscitado entre el Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Bogota y el Juzgado Treinta y Ocho Laboral del Circuito de Bogota, en el sentido de DECLARAR que corresponde al Juzgado Treinta Administrativo del Circuito de Bogota conocer el proceso iniciado por el senor Juan Andres Barreiro Gomez, de acuerdo con las consideraciones del presente auto.
  2. SEGUNDO. REMITIR el expediente CJU-523 al Juzgado Treinta y Ocho Laboral del Circuito de Bogota para lo de su competencia y para que comunique la presente decision al Juzgado Treinta y Ocho Laboral del Circuito de Bogota y a los sujetos interesados.
Texto literal · fuente: parte resolutiva de la sentencia
03

La Sala que decidió

Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.

04

Cómo se conecta

Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.

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No cita providencias registradas.
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Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.